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Renting

Definición:

El renting lo constituye el alquiler de bienes a un plazo variable según un contrato firmado entre las partes, y a través del cual y mediante el pago de una cuota, el beneficiario disfruta de la utilización del bien, corriendo por cuenta del propietario (el arrendador), los gastos de conservación del objeto alquilado, y cuyos gastos forman parte de la cuota de alquiler, a pesar de que no estén desglosados en la mencionada cuota.

A la finalización del renting, el arrendatario debe reintegrar el bien al arrendador. Normalmente el arrendador suele vender el bien una vez finalizado el contrato de renting, al que anteriormente ha sido su arrendatario, a un precio de mercado, tras descontar la depreciación del bien. Esta venta ya no forma parte del contrato de renting, sino que jurídicamente constituye un contrato de compra-venta independiente del anterior.


Características:

El renting suele utilizarse como modelo de financiación a corto plazo.

El arrendatario se desentiende de los gastos derivados del mantenimiento del bien, pues corren por cuenta del arrendador.

Una vez finalizado el renting, el bien suele conservar un precio de mercado, que es muy superior al importe de una de las cuotas del arrendamiento.


Quién lo realiza:

Las operaciones de renting solo pueden ser realizadas por:

- Bancos.
- Cajas de ahorro.
- Establecimientos financieros de crédito.