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Préstamo

¿Qué es un préstamo?

El préstamo es una operación por la cual una de las partes entrega una cantidad al beneficiario, formalizándose esto a través de un contrato. El beneficiario (prestatario), se obliga a de devolver el principal del préstamo, más los intereses correspondientes, así como el resto de gastos derivados de esta operación, si los hubiera.

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Características del préstamo

Algunos tipos de préstamos son:

- Póliza de préstamo: Este tipo de operaciones financieras, se documenta en una póliza de préstamo proporcionada por la propia entidad financiera. En la citada póliza se establece la entrega a título de préstamo, de una cantidad por parte del prestamista, y como beneficiario el prestatario, indicándose claramente el vencimiento de la operación. En la póliza se pueden especificar las garantías adicionales, si es que las hubiera, convenidas para la concesión del préstamo.

- Préstamo hipotecario: Este tipo de préstamo, denominado comúnmente como hipoteca, es un préstamo con derecho real de garantía sobre un bien inmueble, que se materializa a través de un contrato entre las partes (prestamista y prestatario). Este tipo de operaciones se formaliza mediante escritura pública ante Notario, y se inscribe en el Registro de la Propiedad de la localidad, para que surta efectos.

- Préstamo participativo: Se trata de un préstamo que realizan los socios capitalistas de la sociedad. Normalmente los efectúan las sociedades de capital riesgo, a empresas participadas.

Los préstamos participativos se consideran fondos propios (recursos propios), en los supuestos de reducción de capital y quiebra. A efectos de su clasificación y presentación en el balance, los préstamos participativos figuran como financiación ajena (de terceros).

Los préstamos participativos suelen tener un vencimiento a largo plazo, y pueden disfrutar de un periodo de carencia largo.

Los préstamos participativos devengan un interés que está en función de los resultados obtenidos por la empresa beneficiaria.

Suelen tener un rango de exigibilidad que puede subordinarse a cualquier otro crédito u obligación de la entidad prestataria, situándose justamente delante de los socios.

En el supuesto de la amortización anticipada, de los préstamos participativos la entidad se verá obligada a hacer un aumento de sus fondos propios, en una cuantía equivalente a la mencionada amortización, y al pago de una compensación contractualmente pactada si la hubiere.

Los intereses que devengan los préstamos participativos, se consideran gastos fiscalmente deducibles, y estarán sujetos a una retención en la fuente (en origen), salvo cuando el prestamista sea una entidad de crédito o un no residente.


¿Quién lo realiza?

Las operaciones de préstamo general pueden ser realizadas por cualquier entidad financiera, y los préstamos participativos, los accionistas.